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Texas Department of Insurance
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Beneficios de defunción y por causa de muerte

Los beneficios por causa de muerte ayudan a familias a reemplazar parte del dinero perdido cuando un empleado fallece debido a una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo.

Los beneficios pueden ser pagados a:

  • un cónyuge sobreviviente,
  • hijos menores,
  • hijos menores de 25 años que estén inscritos en un colegio o universidad acreditada,
  • nietos dependientes;
  • otros miembros de la familia que sean dependientes, o
  • padres no dependientes (pero solamente cuando no existan miembros de la familia dependientes sobrevivientes que sean elegibles).

El beneficiario legal puede obtener los beneficios por causa de muerte el siguiente día del fallecimiento del empleado. Los beneficios por causa de muerte son pagados hasta que el beneficiario deja de cumplir con los requisitos.

Para presentar una reclamación, el beneficiario debe presentar el Formulario DWC-042S, Reclamación para obtener beneficios de compensación para trabajadores por causa de muerte ante DWC o la aseguradora dentro de un año a partir de la fecha de la muerte del empleado.

¿Cuánto es que se recibe por los beneficios por causa de muerte?

Los beneficios por causa de muerte son el 75% del promedio del salario semanal (average weekly wage, por su nombre en inglés) del empleado que falleció. Existen límites máximos y mínimos en los beneficios.

Los beneficios también pueden estar disponibles para los gastos del entierro. Estos beneficios son pagados a la persona que pagó por los gastos del entierro.

Para obtener más información, llame al 800-252-7031, opción número 1.

¿Quién puede obtener los beneficios y por cuánto tiempo?

  • Un cónyuge sobreviviente puede recibir beneficios por causa de muerte por el resto de su vida, a menos que el cónyuge se vuelva a casar. Si existen hijos dependientes al momento en que el empleado fallece, los hijos obtienen la mitad de los beneficios, y el cónyuge obtiene la otra mitad.
  • Un cónyuge sobreviviente que se vuelve a casar recibirá un pago en suma total equivalente a dos años de beneficios. Si existen hijos dependientes que todavía califican para recibir beneficios por causa de muerte después de esos dos años, todo el beneficio será dividido de igual manera entre los hijos dependientes (en caso de que exista más de un hijo).
  • El cónyuge sobreviviente de un empleado que trabajaba como personal de respuesta inmediata (first responder, por su nombre en inglés), según lo definido por el Código Laboral de Texas, Sección 504.055, que vuelve a casarse, sigue siendo elegible para recibir los beneficios por causa de muerte por el resto de su vida. El pago en suma total no aplica al cónyuge sobreviviente de un empleado que era personal de respuesta inmediata y los beneficios del cónyuge sobreviviente no son afectados si vuelve a casarse.
  • Un hijo puede obtener los beneficios por causa de muerte hasta la edad de 18 años, o hasta los 25 años si el hijo está inscrito como estudiante de tiempo completo en un colegio o universidad acreditada. Si existe más de un hijo que es elegible, los beneficios son redistribuidos de igual manera entre el resto de los hijos que son elegibles cuando uno o más dejan de ser elegibles. Los hijos de 18 años o mayores deben presentar evidencia de inscripción escolar para poder seguir siendo elegibles.
  • Un hijo con incapacidades físicas o mentales que es dependientes en la fecha en que falleció el empleado puede recibir beneficios por causa de muerte hasta la fecha en que el hijo fallece o hasta que deja de tener la incapacidad. El tutor del hijo elegible que tiene la incapacidad física o mental debe proporcionar a la aseguradora evidencia que demuestre la incapacidad por el resto de la vida del hijo que sufre la incapacidad.
  • Un hijo adulto que es dependiente del empleado que falleció, por una razón distinta a la de una incapacidad física o mental, puede ser elegible para recibir beneficios por causa de muerte durante 364 semanas después del fallecimiento del empleado. Un hijo adulto elegible que reclame los beneficios por causa de muerte debe proporcionar evidencia, tal como expedientes médicos, para seguir recibiendo los beneficios.
  • Los nietos pueden ser elegibles para obtener beneficios por causa de muerte si eran por lo menos 20% dependientes del empleado al momento en que éste falleció, a menos que el padre o la madre del nieto sean elegibles para recibir el beneficio. Un nieto elegible puede obtener los beneficios por causa de muerte hasta los 18 años. Un nieto que es elegible para recibir los beneficios por causa de muerte, y que no es menor de edad al momento del fallecimiento del empleado, puede ser elegible para recibir no más de 364 semanas de beneficios por causa de muerte.
  • Otros miembros de la familia que son dependientes, tales como un padre que es dependiente, un hermano, o un abuelo del empleado que falleció pueden también calificar para obtener los beneficios por causa de muerte, pero solamente si no existe un cónyuge sobreviviente, un hijo o un nieto. El límite de tiempo de estos beneficios es de 364 semanas.
  • Los padres que no son dependientes pueden calificar como beneficiarios elegibles si no existe un cónyuge sobreviviente, un hijo o un nieto, y si no existen dependientes sobrevivientes que sean padres, hermanos, o abuelos del empleado que falleció. Estos beneficios están limitados a 104 semanas.
  • En caso de que no existan beneficiarios que sean elegibles, o si los beneficiarios actuales que son elegibles dejan de serlo y la aseguradora no ha pagado por lo menos 364 semanas de beneficios, el resto de los beneficios son pagados al Fondo de Ayuda para Lesiones Posteriores (Subsequent Injury Fund, por su nombre en inglés), el cual es administrado por DWC.

Para obtener más información

Código Laboral (Labor Code, por su nombre en inglés) Secciones 408.181-408.187, 409.007
Código Administrativo de Texas No. 28 (28 Texas Administrative Code, por su nombre en inglés) Secciones 122.100, 124.8, 132.1-132.17

Beneficios de defunción (también conocidos como beneficios de gastos para el entierro)

Una persona que paga por los gastos del entierro de un empleado podría obtener beneficios para los gastos del entierro si el empleado falleció a causa de una lesión relacionada con el trabajo. La persona que se hizo cargo de los gastos debe comunicarse por escrito con la aseguradora dentro del lapso de doce meses, a partir de la fecha en la que falleció el empleado y debe adjuntar copias de todas las facturas relacionadas.

Una vez que la aseguradora recibe la solicitud para pagar estos gastos, cuentan con siete días naturales para proceder.

Si la solicitud es aprobada:

La aseguradora emite un cheque para el reembolso de los gastos del entierro. La cantidad que alguien podría obtener depende de la fecha en la que ocurrió la lesión:

  • Antes del 1º de septiembre de 1999 – gastos pagados por hasta $2,500;
  • En o después del 1º de septiembre de 1999 y antes del 1º de septiembre de 2015 – gastos pagados por hasta $6,000; y
  • En o después del 1º de septiembre de 2015 – gastos pagados por hasta $10,000.

Si la solicitud es denegada:

La aseguradora envía una carta a DWC y a la persona que solicitó el reembolso explicando la razón por la cual denegó la solicitud.

Cualquier persona que esté involucrada en la reclamación puede solicitar una resolución de disputas presentando el Formulario DWC-045S, Solicitud para programar, reprogramar, o cancelar una conferencia para revisión de beneficios (benefit review conference –BRC, por su nombre y siglas en inglés).

 

Actualización más reciente: 10/2/2023